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Códigos

Código de Ética

Ámbito de aplicación

Este Código de Ética es de aplicación a todos los colaboradores de NATURGAS ENERGÍA Grupo, en adelante NG, incluyendo cualquiera de las sociedades controladas sobre las que NATURGAS ENERGÍA Grupo S.A. ostente condición de dominio, sin perjuicio de otras disposiciones legales o reglamentarías aplicables o a las que por inherencia del ejercicio de sus funciones se encuentren obligados así como - con las necesarias adaptaciones - a los colaboradores permanentes o eventuales, mandatarios y auditores externos.

En este sentido, por “colaboradores” debe entenderse todos los miembros de los órganos de administración, directivos y empleados del Grupo NG.

Por “clientes” debe entenderse personas físicas o jurídicas a quien NG provee su producto o presta sus servicios.

Por “proveedores” debe entenderse a las personas físicas o jurídicas que proveen productos a NG o le prestan servicios.

Por “partes interesadas” debe entenderse a personas físicas o jurídicas con quien NG se relaciona en sus actividades empresariales, institucionales y de ciudadanía, incluyendo colaboradores, clientes, proveedores, contrapartes, socios de negocio o miembros de la comunidad con que NG interacciona, universalmente conocidos como “stakeholders”, que puedan tener interés legítimo en la transparencia, en el diálogo y en la actitud ética del Grupo NG y de sus colaboradores.

1. Legislación y ética

1.1 Cumplimiento de la Legislación

NG y todos sus colaboradores se comprometen a cumplir con la legislación vigente en todas sus actividades.

NG debe prestar a las autoridades de supervisión y fiscalización toda la colaboración a su alcance, satisfaciendo las peticiones que le sean dirigidas y no adoptando ningún comportamiento que pueda impedir el ejercicio de las competencias de supervisión por parte de esas autoridades.

1.2 Ética

NG garantiza la disponibilidad del Código de Ética a todos los colaboradores, así como la existencia de un canal de comunicación y de resolución de dudas.

La implementación de este Código de Ética será pro-activa, abierta y complementada por regulación adecuada.

NG asume este Código como herramienta privilegiada en la resolución de cuestiones éticas, garantizando su conformidad con las prácticas legales existentes en todas las regiones donde opera.

2. Conducta en el entorno de trabajo

2.1 Transparencia, honestidad e integridad

NG y todos sus colaboradores guiarán su actuación por los más elevados patrones de integridad, honestidad y transparencia.

Los colaboradores cumplirán sus obligaciones de forma profesional, responsable y celosa, procurando la excelencia de desempeño.

Los colaboradores de NG facilitarán a sus superiores información veraz y explicarán con total transparencia sus decisiones y comportamientos profesionales.

Los colaboradores actuarán siempre de forma leal a los principios e intereses de NG. Todas las situaciones que puedan generar conflictos entre los intereses personales y el deber de lealtad para con la empresa u otros colaboradores, deben ser de inmediato comunicadas por escrito por el colaborador a su superior.

Los colaboradores se comprometen a consultar previamente a NG la aceptación de cualquier designación para el ejercicio de otra actividad profesional externa que pudiera condicionar su independencia, interferir con sus atribuciones o con las actividades de la empresa.

Los colaboradores con relaciones familiares o equiparadas no deberán ejercer su actividad profesional en relación jerárquica o funcional directa. En caso de que excepcionalmente y por un periodo transitorio, se de esta circunstancia, durante el tiempo que dure la misma, se garantizará la objetividad de los procesos de evaluación, apreciación del desempeño, promoción, etc.

Los colaboradores deben informar de cualquier comportamiento que esté en conflicto con este Código de Ética. Se garantiza la confidencialidad y protección jurídica de quien informa, de acuerdo con la reglamentación propia, y un trato justo a sobre quién se informa.

Los colaboradores deben garantizar la confidencialidad sobre los asuntos de la empresa, de sus clientes o proveedores. La información a que tengan acceso debe ser utilizada sólo en interés de la propia empresa o cuando sean expresamente autorizados por esta.

Los colaboradores deberán proteger el patrimonio de la empresa utilizándolo sólo en la ejecución de los procesos de negocio y asegurando su uso eficiente.

2.2 Ambiente de trabajo

NG continuará invirtiendo en la perfección personal y profesional de sus colaboradores, incentivándolos a llevar una vida personal y profesional equilibrada.

NG promoverá la corrección, urbanidad, afabilidad y profesionalidad en las relaciones entre colaboradores, así como el respeto por los respectivos derechos, sensibilidades y diversidades.

La seguridad, salud y el bienestar de los colaboradores es una prioridad de nivel máximo para NG. Todos los colaboradores deberán conocer, cumplir y hacer cumplir las normas de higiene y seguridad en el trabajo, sí como informar de cualquier no conformidad verificada.

Los colaboradores deben respetar e incentivar los valores de NG, promoviendo la cooperación, la responsabilidad individual y aceptando la diversidad.

2.3 Desarrollo del capital humano

NG hará todos los esfuerzos para proporcionar a sus colaboradores elevados niveles de satisfacción y realización profesional, pagando remuneraciones justas; proporcionando un ambiente de trabajo seguro y saludable; y creando condiciones para el desarrollo profesional durante toda su carrera.

Los colaboradores deben procurar desarrollar y actualizar de forma continua sus conocimientos y competencias, y sacar el mejor provecho de las acciones de formación promovidas por la empresa.

3. Derechos Humanos e igualdad de oportunidades

3.1 Derechos Humanos

NG reconoce, junto a la comunidad internacional, que los derechos humanos deben ser considerados fundamentales y universales, basados en Convenciones, Tratados e iniciativas internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas, la Organización Internacional del Trabajo y el Pacto Mundial de las Naciones Unidas.

NG nunca empleará mano de obra infantil o forzada, y apoyará la eliminación de tales prácticas por terceros.

NG está contra la detención arbitraria, tortura o ejecución y a favor de la libertad de organización y asociación pacíficas, de la libertad ideológica, de conciencia y religiosa, así como de las libertades de opinión y de expresión.

3.2 No discriminación e Igualdad de oportunidades

NG se compromete a promover el respeto a la igualdad de oportunidades para todos sus colaboradores y potenciales colaboradores.

Sus prácticas, políticas y procedimientos laborales están orientadas para impedir la discriminación y el trato diferenciado en función de raza, género, orientación sexual, credo, estado civil, deficiencia física, orientación política o de opiniones de otra naturaleza, origen étnica o social, lugar de nacimiento o asociación sindical.

NG garantiza la salvaguarda de la integridad moral de sus colaboradores, asegurando su derecho a condiciones de trabajo que respeten su dignidad individual. NG procura proteger a sus colaboradores de actos de violencia psicológica y condena toda actitud o comportamiento que suponga discriminación o contraríe las convicciones de sus colaboradores – por ejemplo, insultos, amenazas, aislamiento, invasión de la privacidad o limitación profesional.

NG no permite ninguna forma de coacción moral o psicológica, ni comportamientos ofensivos a la dignidad de la persona humana.

4. Integridad

4.1 Prohibición de prácticas de corrupción y soborno

Está prohibida toda práctica de corrupción, en todas sus formas activas y pasivas, ya sea a través de actos u omisiones, ya sea a través de la creación o el mantenimiento de situaciones de favor o irregulares.

NG y sus colaboradores no efectuarán en nombre de la empresa aportaciones monetarias o de cualquier otra forma a partidos políticos, en cualquier parte del mundo, como intento de persuasión o de influencia.

NG y sus colaboradores darán a conocer la existencia de cualquier hecho relevante referente a la empresa cuya divulgación sea susceptible de interferir en su situación económica, ambiental o social.

NG y sus colaboradores rechazarán cualquier oferta que pueda ser considerada o interpretada como una tentativa de influencia en la empresa o en el colaborador. En caso de duda, el colaborador deberá comunicar, por escrito, la situación al respectivo superior jerárquico.

4.2 Transacciones particulares en el ámbito de la Empresa

Los colaboradores apoyarán las prácticas que fomenten la libre competencia.

Los colaboradores que estén en posesión de información privilegiada, aunque no se haya hecho pública, susceptible de poder influir en la cotización de valores de entidades del Grupo NG en los mercados, concretamente en estimativas de resultados, adquisiciones o asociaciones significativas, adquisiciones o pérdida de contratos relevantes, entre otros, no pueden antes de su divulgación oficial:

  • divulgar dicha información a terceros;
  • realizar transacciones con valores mobiliarios de empresas del Grupo NG, de socios estratégicos o de empresas involucradas en transacciones o relaciones con el Grupo NG que constituyan o puedan constituir hechos relevantes.

4.3 Relaciones con accionistas

La búsqueda de creación de valor para los accionistas, se basará en los compromisos adoptados para la excelencia del desempeño profesional, económico, de responsabilidad social y de desarrollo sostenible.

NG se compromete al respeto del principio de igualdad de trato de sus accionistas, asegurando a todos la oferta en tiempo útil de las informaciones necesarias, de forma verdadera, transparente y rigurosa.

En la información prestada a los accionistas, individualmente o en su generalidad, NG proporcionará información sobre los riesgos económicos, financieros, sociales y ambientales comprometiéndose también a la defensa, propuesta y aplicación de medidas adecuadas a la eliminación o mitigación de los posibles riesgos.

NG se obliga a implementar mecanismos y reglas de transparencia, equidad y objetividad adecuados a la separación de intereses del Grupo NG frente a intereses de accionistas individuales o de grupos de accionistas, sin perjuicio de los derechos legalmente tutelados, con los correspondientes deberes, en función de la participación en el capital social.

5. Relaciones con Clientes y Proveedores

NG promoverá en sus proveedores la observancia de los reglamentos y prácticas de seguridad que estén en vigor en la empresa en el ejercicio de sus relaciones con ésta.

NG promoverá la corrección, urbanidad, afabilidad y profesionalidad en las relaciones con clientes y proveedores, así como el respeto a los respectivos derechos, sensibilidades y diversidades.

NG promoverá que los proveedores compartan y apliquen el espíritu de este Código de Ética.

6. Medio Ambiente y sostenibilidad

NG, se compromete a promover y fomentar la protección y conservación del Medio Ambiente implicando a sus empleados y a la Sociedad en su conjunto en los aspectos medioambientales a través de la mejora continua.

El Consejo de Administración, como responsable de la Gestión Medioambiental, ha definido la Política Medioambiental, estableciendo los siguientes objetivos de NG en esta materia:

  1. Crear valor a la Sociedad integrando el respeto y la protección al Medio Ambiente y la responsabilidad social con los aspectos económicos encaminando a la Compañía hacia el Desarrollo Sostenible.
  2. Cumplir con la legislación y normativa ambiental aplicable.
  3. Establecer objetivos y metas medioambientales alineados con el compromiso de mejora continua.
  4. Asegurar que nuestros proveedores cumplan con los requisitos medioambientales exigidos por NATURGAS ENERGÍA.
  5. Establecer los canales adecuados para la formación, sensibilización y comunicación de nuestros empleados en materia medioambiental.
  6. Comunicar a la Sociedad en general nuestro compromiso de protección del Medio Ambiente.

NG se compromete a integrar el concepto de sostenibilidad en el proceso de adopción de decisiones, evaluando el impacto de su actividad en las regiones en cuestión.

7. Acción disciplinar

Todo colaborador que no cumpla los principios presentes en este Código está sujeto a acciones disciplinarias, en los términos reglamentarios aplicables a las infracciones cometidas.

efr empresa: Certificado en conciliación e igualdad